Negocios

Por ITESM

9 Minutos

Publicado el 4/10/2019

¿Cómo prepararte para cumplir con la norma contra el estrés laboral?

Nueva llamada a la acción

Según datos del Instituto Mexicano del Seguro Social muestran que el 75% de los mexicanos padece fatiga por estrés laboral. El 23 de octubre, entrará en vigor la NOM-035-STPS-201, una nueva norma, publicada en 2018 en la ley federal del trabajo, que se hará efectiva este 2019, con el objetivo de promover un entorno organizacional favorable en los centros de trabajo. ¿Tu empresa está preparada para cumplir con todos los objetivos planteados bajo este lineamiento? En esta nota conocerás los aspectos que debes considerar en tu organización para mejorar la calidad de vida de tus empleados, mejorando su ambiente laboral. 


El cumplimiento de esta política pública contra el estrés laboral no brinda certificados o reconocimientos, ya que tine carácter obligatorio. Con su incumplimiento, el patrón se hará acreedor a una sanción, determinada por la autoridad laboral correspondiente. 


Entrada en vigor


A pesar de que, en términos generales, esta norma comenzará a aplicarse, a partir del día 23 de octubre de 2019, es importante destacar que algunos aspectos contra el estrés laboral serán vigentes hasta 2 años después, según el número de trabajadores que conforman cada centro laboral. 


Ya sea que la empresa cuente con 15 o más de 50 colaboradores, debe cumplir con los siguientes apartados: 


5.1. Disponer de una política de prevención de riesgo psicosocial.

5.4. Adoptar las medidas para prevenir y controlar los factores de riesgo psicosocial.

5.5. Identificar a los trabajadores que fueron sujetos a acontecimientos traumáticos severos y canalizarlos para su atención.

5.7      Difundir y proporcionar información a los trabajadores sobre:


  • La política de prevención de riesgos psicosociales.
  • Las medidas adoptadas para combatir las prácticas opuestas al entorno organizacional favorable y los actos de violencia laboral.
  • Las medidas y acciones de prevención. 
  • Las posibles alteraciones a la salud por la exposición a los factores de riesgo psicosocial.


5.8 Llevar los registros sobre:


  • Los resultados de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y, además, tratándose de centros de trabajo de más de 50 trabajadores, de las evaluaciones del entorno organizacional.
  • Las medidas de control adoptadas cuando el resultado de la identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial y evaluación del entorno organizacional lo señale.
  • Los nombres de los trabajadores a los que se les practicaron los exámenes o evaluaciones clínicas y que se comprobó la exposición a factores de riesgo psicosocial, a actos de violencia laboral o acontecimientos traumáticos severos.

Contando con un número entre 15 y 50 trabajadores, se añaden las siguientes consideraciones de la ley federal del trabajo: 


5.2 Identificar y analizar los  factores de riesgo psicosocial.

7.1 Identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial, y evaluación del entorno organizacional.

7.2 La identificación y análisis de los factores de riesgo psicosocial deberá contemplar lo siguiente:


a)  Las condiciones en el ambiente de trabajo.

b) Cargas de trabajo.

c) Falta de control sobre el trabajo.

d) Exceso en las jornadas de trabajo y la rotación de turnos.

e) Interferencia en la relación trabajo-familia.

f)  Liderazgo o relaciones negativas en el trabajo.

g) Violencia laboral.


Y, para las empresas con más de 50 trabajadores, se le añade la siguiente indicación, buscando mejorar el ambiente laboral: 


7.3 La evaluación del entorno organizacional favorable deberá comprender:


a) El sentido de pertenencia de los trabajadores a la empresa.

b) La formación para la adecuada realización de las tareas encomendadas.

c) La definición precisa de responsabilidades para los trabajadores.

d) La participación proactiva y comunicación entre el patrón, sus representantes y los trabajadores.

e) La distribución adecuada de cargas de trabajo, con jornadas laborales regulares, y

f)  La evaluación y el reconocimiento del desempeño.  


¿Y qué son los Factores de Riesgo Psicosocial (FRPS)?


Trabajador con exceso de trabajo

                                                                                       Fuente: Storyblocks


Los FRPS forman parte fundamental de la NOM-035 y son aquellos que pueden generar ansiedad, problemas de estrés y sueño, provocados por las actividades laborales, considerando las jornadas y la exposición a acontecimientos traumáticos o de violencia. 


Estos factores, derivan de las deficiencias en los procesos de la organización, por lo que es fundamental implementar soluciones para evitar:


  • Las cargas excesivas de trabajo.
  • Exigencias contradictorias o faltas de claridad en las funciones de un puesto.
  • Falta de participación en la toma de decisiones que afectan al colaborador.
  • Gestión inapropiada de los cambios y la estabilidad del empleo.
  • Comunicación ineficaz y falta de apoyo, tanto por parte del jefe como de los compañeros de trabajo.
  • Acoso psicológico, sexual y violencia ejercida por terceros.

Recuerda 


Ofrecer condiciones laborales dignas no es un valor añadido a tu organización, sino una obligación que tienes con tus trabajadores. La supervisión del cumplimiento de esta norma correrá a cargo de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social. Así que manos a la obra, que aún estás a tiempo para cuidar a tu equipo y promover una correcta cultura de trabajo, que reduzca los niveles de estrés, incremente la felicidad, y se impulse la productividad laboral.


*Con información de SEGOBACCSEAsciendeIMSS.


Escrito por

ITESM

Suscríbete para recibir actualizaciones de nuestro blog

Post Relacionados